No, de momento no voy a hablar de Neymar, aunque no descarto hacerlo en el futuro. Dos RRDGRN gemelas publicadas en el BOE de ayer, de 7 de diciembre de 2013 y 9 de diciembre de 2013 vienen a sumarse a las numerosas Resoluciones que en los últimos meses han discutido cuestiones relativas a las cuentas sociales. Si no he contado mal, en el BOE del mes de diciembre se publicaron hasta 11 Resoluciones que de una u otra forma tenían como controversia principal cuestiones sobre cuentas anuales (me apunto aquí para no olvidarme que debería sistematizarlas). Hago mía la frase de Jesús Alfaro sobre la necesidad de un doctorado para realizar correctamente el depósito de cuentas. Tantas Resoluciones, referidas además a problemas diversos, indican por encima de todo una mala regulación.
En estos dos casos, el problema es que el depósito en formato CD contiene, entre los demás documentos preceptivos, el modelo normalizado de documento abreviado de información medioambiental, en el que se manifiesta, por parte del administrador, que sí existen partidas de naturaleza medioambiental, y memoria en la que no consta incluida ninguna partida relativa a dicho extremo. A dicho CD se acompaña un escrito en soporte papel, que tampoco se identifica en el acta de la junta, en el que consta que no existen partidas de naturaleza medioambiental. La propia DGRN debe encontrar esto aburrido y usa el cortapega, como lo prueba el hecho de que una de las dos Resoluciones es un poco más larga que la otra -a peso llega a las 4 páginas de BOE mientras que la otra se queda en 3- simplemente porque en los Hechos II hay un párrafo entero repetido.
24 enero 2014 a las 1:04 pm |
Muy buen articulo. Estoy de acuerdo en cambiar y aclarara las cosas para en un futuro evitar problemas semejantes. Un saludo