
Bueno, tampoco exageremos. Será solamente la octava. En la radio esta mañana, en medio de noticias sobre las elecciones del domingo y algo de un partido de fútbol mañana han dicho que para el Consejo de Ministros de hoy iba la reforma de la Ley de Sociedades de Capital. En esta tensa espera, en estas horas previas llenas de incertidumbre sobre las modificaciones previstas, podemos especular con los cambios respecto al Anteproyecto presentado en diciembre.
De momento, a modo de previa, podemos decir que desde la entrada en vigor de la Ley de Sociedades de Capital en julio de 2010 hasta la fecha de hoy ha habido hasta siete reformas y una corrección de errores (me ha venido la cabeza Harpo y su bocina para añadir dos huevos duros). Las siete reformas han sido de todo tipo: algunas menores, otras muy relevantes. La corrección de errores (MEEC) también tuvo su miga: 3 páginas de BOE y hasta 38 cambios.
Muy útil y reveladora esta ordenación sacada de la web del propio BOE
SE MODIFICA:
Arts. 4, 5, 23, 257, 263 y disposición adicional 3 y SE AÑADE el art 4 bis, por Ley 14/2013, de 27 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-10074).
el art. 428.1, por Ley 9/2012, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2012-14062).
arts. 11 bis, 69, 173, 188 y 527 y SE AÑADE los arts. 11 ter y 11 quáter y, con los efectos indicados, una disposición transitoria, por Ley 1/2012, de 22 de junio (Ref. BOE-A-2012-8406).
los arts. 11 bis y 69 y SE AÑADE la seccion 4 al capítulo II del título I, por Real Decreto-ley 9/2012, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2012-3812).
SE DEROGA los arts. 289, 527 y la rúbrica de la sección 2 del capítulo IX del título XIV y SE MODIFICA determinados preceptos, por Ley 25/2011, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2011-13240).
SE MODIFICA: el art. 497, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
los arts. 35, 173, 289, 290.1, 319, 333.2 y 369, por Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-18651).
CORRECCIÓN de errores en BOE num. 210 de 30 de agosto de 2010 (Ref. BOE-A-2010-13539).
EDICIÓN DE TARDE
Bajo el epígrafe Economía y Competitividad (gol en fuera de juego a Justicia) se desgranan las diversas modificaciones que comentaremos cuando tengamos el texto completo
Me ha encantado esto:
4. OTRAS MODIFICACIONES
Se obliga a publicar en la memoria de las cuentas anuales el período medio de pago a los proveedores. Las sociedades que no sean cotizadas y no presenten cuentas anuales abreviadas publicarán, además, esta información en su página web, si la tienen.
Igualmente, las sociedades anónimas cotizadas deberán publicar en su página web el periodo medio de pago a sus proveedores.