
La publicación de la Propuesta de Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad el pasado mes de febrero ha venido ahora acompañada de la apertura de un plazo de 8 semanas para enviar sugerencias y comentarios.

La Propuesta de Directiva ha generado bastante controversia y muchas críticas. Precisamente estos días pasados he tenido ocasión de asistir a un evento de primer nivel en el que se han expresado de manera rotunda muchas de esas dudas. Ciertamente es un lujo poder escuchar las reflexiones de Paul Davies o John Armour, por citar solamente a dos de los panelistas. Además, hacerlo en este momento preparatorio.

A falta de una lectura detenida de la documentación hecha pública estos días, dejo aquí señalados un par de detalles que me parecen especialmente interesantes:
De los Considerandos



Del texto articulado:
Importante el ámbito de aplicación

Pero también

La definición de administrador (art. 3)

La diligencia debida y su integración en la «política de las empresas»

El artículo 7 y el artículo 8 en relación con el artículo 22



Y por encima de todo, a mi juicio (tampoco es que sea yo especialmente original, seguramente es EL tema de esta Propuesta), los artículos 25 y 26

De los aspectos señalados es evidente que hay muchas incógnitas y estamos ante una Propuesta. Habrá que seguirla y desde luego, da para una buena continuación de

Tal vez, teniendo en cuenta las dudas -y sombras- que presenta la Propuesta, no sería un mal título «50 Shadows of Green: la Propuesta de Directiva sobre diligencia debida«